MANUAL
ALQUILER
>
>
Separación y Divorcio
Separación
y Divorcio
En
los casos de nulidad
del matrimonio, separación
judicial o divorcio del arrendatario, el cónyuge no
arrendatario podrá
continuar en el uso de la vivienda arrendada cuando le sea atribuida.
La voluntad del
cónyuge de continuar en el uso de la vivienda
deberá
ser comunicada al arrendador en el plazo de dos meses desde que fue
notificada
la resolución judicial correspondiente,
acompañando copia de dicha resolución
judicial o de la parte de la misma que afecte al uso de la vivienda.
<<
>>
A)
GENERAL
-
-
B) ALQUILER DE VIVIENDA
1. DURACIÓN
-
-
-
-
-
-
-
2. LA RENTA
-
-
-
-
3. DERECHOS Y
OBLIGACIONES
-
-
-
-
-
-
-
C) ALQUILER PARA USO DISTINTO DE VIVIENDA.
-
-
-
-
-
-
-
Quiénes
Somos |
Contáctenos |
Aviso
Legal
Última modificación:10 de noviembre de 2005 Spain
-
España
© 2002 Breva Mullor Abogados. Todos los derechos reservados
SEDE: C/ MARTINEZ VALLS 40-2-8 de ONTINYENT 46870 (VALENCIA)
E-MAIL: abogados@brevamullorabogados.com