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Resolución del Contrato

El arrendador podrá resolver de pleno derecho el contrato por las causas siguientes:

a) La falta de pago de la renta o, en su caso, de cualquiera de las cantidades cuyo pago haya asumido o corresponda al arrendatario.

b) La falta de pago del importe de la fianza o de su actualización.

e) Cuando en la finca tengan lugar actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas.

f) Por la cesión o subarriendo del local incumpliendo las obligaciones expuestas en nuestro Manual.





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Última modificación:10 de noviembre de 2005 Spain - España
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