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Minusvalía
Arrendatario
con Minusvalía
El
arrendatario,
previa notificación escrita al
arrendador, podrá realizar en la vivienda las obras que sean
necesarias para
adecuar ésta a su condición de
minusválido o a la de su cónyuge o de la persona
con quien conviva de forma permanente en análoga
relación de afectividad, con
independencia de su orientación sexual, o a la de los
familiares que con él
convivan.
El arrendatario
estará obligado, al término del contrato, a
reponer
la vivienda al estado anterior, si así lo exige el
arrendador.
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A)
GENERAL
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B) ALQUILER DE VIVIENDA
1. DURACIÓN
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2. LA RENTA
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3. DERECHOS Y
OBLIGACIONES
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C) ALQUILER PARA USO DISTINTO DE VIVIENDA.
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Última modificación:10 de noviembre de 2005 Spain
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